Sellar el paro

Prestaciones por desempleo

Cómo sellar el paro por internet

Renovar la demanda de empleo es una de las tareas que obligatoriamente debe realizar cualquier parado para seguir cobrando las prestaciones por desempleo. Por tanto se trata de una tarea imprescindible y que debemos realizar sin demora en el caso de estar recibiendo prestaciones por desempleo.

La renovación de las prestaciones por desempleo se puede realizar presencialmente en las oficinas del SEPE (Antiguo INEM), a través de Internet o telefónicamente. La renovación de la demanda de empleo suele realizarse cada 90 días, 3 meses, y como mucho se puede retrasar en su renovación 24 horas. La fecha exacta en la que toca realizar la renovación de la demanda aparece en la tarjeta de demanda, también llamada DARDE.

¿Qué sucede si se me olvida renovar el paro?

El no renovar la demanda de empleo en la fecha que toca es causa de baja y como consecuencia puede llegar a provocar la suspensión de las prestaciones por desempleo. Generalmente si se olvida sellar el paro una vez, se suele perder la prestación por desempleo de un mes. Si es en dos ocasiones se suele perder 3 meses de prestaciones. En tres ocasiones la pérdida de prestaciones se eleva a 6 meses. Y en el caso de 4, se pierde el derecho a toda la prestación. En el caso de haber solicitado o ser beneficiario del programa de Renta Activa de Inserción, la no renovación de la demanda supone la baja definitiva desde el primer incumplimiento. Por lo tanto es muy importante estar atentos al día que toca hacer la renovación y en caso de que la fecha se haya pasado, presentarse urgentemente en la oficina de empleo presencialmente para poder tratar el tema directamente. Es importante aclarar que el no sellar el paro por motivos técnicos, como falta de acceso a Internet o imposibilidad de desplazamiento a una oficina de empleo (a excepción de casos de fuerza mayor), no se consideran justificables.

Referencia normativa: Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre por el que se regula el Programa de Renta Activa de Inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

¿Puedo recurrir si me sancionan por no sellar el paro?

Si has recibido una sanción por no sellar el paro y deseas recurrirla tendrás 15 días para presentar tus alegaciones en la misma oficina de empleo. Estos 15 días comenzarán a contar desde el día que recibas la carta informándote de la sanción establecida por el retraso. Será el SEPE el que se encargará de emitir una resolución en función de las alegaciones presentadas. Y de ser negativa, se tiene un mes para presentar una reclamación pro escrito. El último paso si queremos continuar litigando, y suponiendo que siempre fallen en nuestra contra, podemos interponer una demanda en el juzgado social como último recurso.

Posibilidades para sellar el paro

  • Sellar el paro en las oficinas de empleo
  • Necesitas presentarte en tu oficina de empleo el día que aparece como renovación en el DARDE. No necesitas solicitar cita previa para realizar este trámite.

  • Sellar el paro telefónicamente
  • Sellar el paro telefónicamente sólo es posible actualmente en dos comunidades autónomas, Baleares y Canarias. En ambos casos el número al que hay que llamar es el 012. Te solicitarán una serie de datos para confirmar tu identidad incluido el número de demanda de empleo que aparece en el DARDE. Sólo serán atendidas las solicitudes que finalicen en el día, es decir que no vale llamar con antelación a la fecha fijada en el DARDE.

  • Sellar el paro por Internet
  • Las oficinas de empleo virtuales y presenciales son competencia de las comunidades autónomas, por lo tanto no existe una única web para sellar el paro por Internet. Existen 17, una por comunidad autónoma. Desgraciadamente las webs de cada comunidad autónoma no siempre funcionan de la mejor manera, así que lo más recomendable es sellar el paro el día correspondiente lo más pronto posible. De esta forma si existe algún fallo o problema, siempre nos quedará la posibilidad de desplazarnos físicamente a la oficina de empleo que nos corresponda. Hay que tener cuidado, o tener un plan alternativo, si estamos fuera de la comunidad autónoma, lo cual nos impediría desplazarnos a tiempo a la oficina en caso de problema y especialmente fuera de España, ya que muchas webs pueden identificar la IP como extranjera y generar problemas para poder realizar el trámite de sellar el paro.

No está de más imprimir o guardar en el ordenador un comprobante de la renovación de la prestación por desempleo, por si acaso y así evitar problemas mayores. Sobre todo si tenéis algún problema, o la página para renovar el DARDE os da problemas, desplazaros a una oficina de empleo para aseguraros la renovación.

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